Queridos hermanos y hermanas,

Mis saludos y mis mejores deseos para todos vosotros.   Espero que este mensaje os encuentre en seguridad y con buena salud en estos tiempos tan difíciles que estamos viviendo a nivel mundial. Sabed que todos vosotros, miembros de la comunidad viatoriana, estáis presentes en las oraciones de todos los miembros del Consejo General.

En los últimos meses, una crisis sin precedentes ha afectado a muchos países del mundo, a causa del coronavirus que ha contagiado a miles de personas. Nuestra comunidad viatoriana también ha sufrido esta enfermedad y la muerte de varios de sus miembros. Todavía hoy, muchos países y ciudades siguen luchando para superar esta amenaza silenciosa a nuestra salud y a nuestro bienestar. Sigamos rezando juntos por la salud, la curación y la seguridad de todos.

Desde hace algún tiempo, quería informaros sobre el estado de la discusión y del diálogo con Roma respecto a la propuesta de enmienda del Artículo 5 de nuestra Constitución. Pero en el periodo en el que la pandemia del Covid-19 se extendía por todo el mundo, sentí que no era el momento adecuado para una tal comunicación. Como ahora parece que la vida está empezando a recuperar algo de normalidad, he decidido escribiros para haceros saber cómo evoluciona este proceso.

En julio de 2018, el 30º Capítulo General se reunió en Mundelein, Illinois. Los delegados de toda la Congregación debatieron sobre numerosas cuestiones durante las deliberaciones. Uno de los temas que fue objeto de mucha discusión fue una propuesta de enmienda al Artículo 5 de la Constitución. Ya la Asamblea General de 2016 en Guadarrama, España, había aprobado una recomendación para que el Capítulo General adoptara una enmienda al Artículo 5 de la Constitución.

El objetivo de la enmienda propuesta al artículo 5 era el de dar un reconocimiento oficial a la Comunidad Viatoriana en nuestra legislación. Recordarán que la decisión del Capítulo respecto a la cuestión  41 fue redactada de la manera siguiente:

«El Capítulo General decide:

 1. Reconocer a la Comunidad Viatoriana mediante la adopción del siguiente añadido al artículo 5 de la Constitución:

 De acuerdo con una idea entrañable a nuestro Fundador, la Congregación acepta asociar otras personas que quieran participar  de  nuestra  misión,  de  nuestra  vida  espiritual  y  de  nuestra  vida  comunitaria.  Estos asociados  no  emiten  los  votos  públicos,  propios  de  los  Clérigos de San Viator, ni pueden contraer ningún otro compromiso canónico con nuestra Congregación.  Se comprometen según  las  modalidades  contenidas  en  los  Reglamentos  generales y particulares. (Texto actual del artículo 5)

2. Animada por el carisma heredado del fundador, la Congregación, respetando la conciencia de cada uno de sus miembros, forma con la Asociación la familia querbesiana llamada Comunidad viatoriana. Según su vocación propia y su estado de vida particular, Viatores Religiosos y Viatores Asociados comparten el carisma del fundador de manera corresponsable.»

El Capítulo General adoptó esta modificación de nuestra Constitución por 31 votos sobre 40; más de dos tercios de los votos válidos emitidos, como lo requiere la Constitución No. 54 para su modificación. El Capítulo confió al Consejo General la tarea de preparar un dossier para presentarlo a la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica (CIVCSVA).

El informe preparado por el Consejo General contiene un relato completo que sitúa el contexto histórico de la aparición de la Comunidad Viatoriana. Una historia que comienza con la intuición original de nuestro Fundador de incluir, en el marco de la misión de la Congregación, una «asociación de seglares» vinculada a la Congregación. Sin detallar aquí esta historia completa, sabemos que la Santa Sede no reconoció este aspecto de la visión del Padre Querbes y finalmente aprobó la creación de nuestra Congregación de derecho pontificio en la que todos sus miembros emiten votos simples y públicos. El Vaticano incluso se negó a reconocer el aspecto de su proyecto que incluía a los laicos asociados.

Durante más de veinticinco años, la experiencia de la Comunidad Viatoriana se ha ido desarrollando en toda la Congregación. Esto condujo a las Decisiones 3 y 5 del Capítulo General de 1994, 11-15 del Capítulo General de 2000, 8 y 9 del Capítulo General de 2006 y la Decisión 3 del Capítulo General de 2012. Durante todos estos años, la Comunidad Viatoriana ha sido vivida ad experimentum en las Provincias y Fundaciones. No ha surgido ninguna versión que se haya impuesto como la naturaleza definitiva de la Comunidad Viatoriana, pero esta experiencia de colaboración entre laicos y religiosos en la corresponsabilidad del carisma se ha arraigado en toda la Congregación.

En octubre de 2019, el Padre Claude Roy y yo nos reunimos con el Obispo José Rodríguez Carballo, O F M, Secretario de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica. Antes de esta reunión, habíamos presentado el expediente completo que aboga por la adopción de la enmienda al artículo 5 de la Constitución, tal como fue aprobada por el Capítulo General de 2018. El obispo Carballo señaló que la CIVCSVA ha visto el surgimiento de muchas asociaciones de laicos vinculadas a órdenes religiosas. Indicó que la Congregación no está lista en este momento para ofrecer reconocimiento canónico hasta que se haya llevado a cabo una investigación exhaustiva y un estudio por parte de la CIVCSVA y las diversas congregaciones religiosas involucradas en esta realidad emergente.

Nuestra reunión con el Arzobispo fue muy cordial y amistosa; prometió que la CIVCSVA examinaría nuestro expediente en profundidad y daría en el futuro una respuesta más formal a la enmienda propuesta.

Posteriormente, recibí una carta del Arzobispo Rodríguez Carballo detallando la respuesta de la Congregación a nuestra petición. La CIVCSVA reconoce las ventajas de una colaboración, espiritual y apostólica entre religiosos y laicos, respetando la vocación específica de cada uno. Pero es necesario al mismo tiempo, mantener el valor específico de la vida consagrada a través de la profesión de los consejos evangélicos.

La CIVCSVA cree que las modalidades canónicas de asociación entre religiosos y laicos se encuentran por el momento en un proceso de reflexión y de discernimiento. Dado que esta reflexión aún no ha concluido, no están preparados para aprobar tal o cual modalidad, ya que esto podría sentar un precedente para futuras propuestas.

Por otra parte, la palabra «comunidad» ya existe en el contexto de un instituto religioso, para recordar la «vida fraternal en común». Por lo tanto, parece que el término «Comunidad Viatoriana» podría ser una fuente de confusión. Tal vez debería considerarse otro término. Otra preocupación es la de llamar «miembros» a los asociados. Esto podría implicar una «responsabilidad» por el comportamiento de sus miembros que podría estar vinculada a la Congregación.

Como pueden ver, la CIVCSVA tiene importantes reservas sobre la propuesta de modificación de nuestra Constitución. Al mismo tiempo, el diálogo con el arzobispo Carballo ha sido muy cordial y fructífero. Nos pidió que continuáramos nuestro discernimiento sobre el desarrollo de la «Comunidad Viatoriana», teniendo en cuenta las observaciones que hizo. Y subrayó su deseo de mantener la comunicación y el diálogo a lo largo de este proceso.

¿A dónde nos llevará todo este proceso de búsqueda de un reconocimiento oficial de la Comunidad Viatoriana en nuestra legislación? Mientras que el Capítulo General de 2018 pide al Consejo General que continúe este proceso, la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica no parece estar dispuesta a reconocer en nuestra legislación la Comunidad Viatoriana tal como nosotros la conocemos. Tal vez podríamos permitir que la evolución de la Comunidad Viatoriana continúe, ad experimentum.

Me parece obvio, sin embargo, que debemos continuar este discernimiento dentro de la comunidad viatoriana.  Tal vez tengamos que desarrollar un nuevo «lenguaje» para describir esta realidad para nosotros. Quizás tengamos que reconocer las diferentes y variadas evoluciones de esta visión fundadora del Padre Querbes.  Es difícil atribuir un lenguaje canónico o jurídico a lo que es esencialmente una experiencia carismática. Al mismo tiempo, apreciamos la experiencia vivida de la Comunidad Viatoriana y la diversidad de su expresión en las diferentes Provincias y Fundaciones.

Como podéis constatar, no tengo respuestas claras o definitivas para este proceso. Sólo quería informaros sobre el estado de la Cuestión  41 del Capítulo General de 2018. Aunque no se ha fijado una fecha o un lugar específico, creo firmemente que la próxima Asamblea General de la Comunidad Viatoriana tendrá que discernir claramente cuál debe ser nuestra respuesta a la CIVCSVA y dar recomendaciones específicas para hacer avanzar esta cuestión. Mientras tanto, pido a los Capítulos Provinciales que se unan a esta deliberación para explorar cuáles podrían ser los próximos pasos a dar. Animo a las comunidades locales así como a las asambleas de la Comunidad Viatoriana en las diferentes provincias a que también aborden esta discusión y discernimiento. El Consejo General, por su parte, continuará su reflexión y diálogo con la esperanza de proponer respuestas concretas para avanzar en nuestro discernimiento.

Muchas gracias por vuestra colaboración a lo largo de este proceso. Si la respuesta de Roma no ha sido totalmente inesperada, ahora tenemos que decidir cómo seguir adelante. La intuición fundamental sobre la Comunidad Viatoriana es buena y positiva. Nuestro desafío ahora es encontrar los términos adecuados y la mejor estructura que permita a la Comunidad Viatoriana crecer y desarrollarse. Espero que podamos continuar juntos esta discusión.

 

Fraternalmente en Viator y Querbes,

 

Robert M. Egan, CSV
Superior general